Sáenz Peña En la sede del PJ Sáenz Peña debatieron sobre la Ley Antipiquetes
23/05/2018
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Coincidieron en decir "no a la reforma", en un debate un tanto resistido por quienes "temían que sea desde el local del mismo partido que se reúnan gremios y movimientos sociales para decirle al gobernador que se estaría equivocando" según lo expresaron referentes sociales.
El pasado 14 de mayo el gobierno del Chaco envió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley Nº 1945/2018 que modifica y agrega artículos a la vigente Ley sobre "criterios mínimos de actuación de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad en manifestaciones públicas (Nº 2.399-J), aprobada en noviembre de 2015.
El martes 22 desde las 20 horas en la sede del Partido Justicialista de Sáenz Peña, hubo una charla debate referida a la Ley que restringiría las manifestaciones sociales y libertad de expresión, impulsada por el gobernador Domingo Peppo.
Asistieron: Marcos Nievas del Movimiento "Felipe Gallardo"; Marisol Galvez; Quintin Gomez del MTD zona norte; Juan Carlos Alvarez de la Junta Departamental del PJ; el presidente del partido a nivel local Javier Vera; Mercedes Sanchez de OPSA; Juancito Aguirre con su Agrupación "Juancito"; referentes de la Comunidad Aborigen Benavento; CGT; UPC; del Movimiento que responde a Hugo Molina; Walter Ojeda con el MTD; y ATE, entre otros.
Al respecto, en diálogo con Eres Chaco, Armando Centurión, quien también asistió al debate, en representación del Movimiento Originarios de Quitilipi y Unidad Ciudadana, señaló que en la reunión se dejó en claro la "no aprobación a la reforma de la Ley" y se planteó la necesidad de que un grupo viaje especialmente a Resistencia o se manifiesta desde las plazas de sus pueblos o logren reunirse con diputados para abordar ésta temática.
"CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA"
Establece una investigación llevada adelante por la UNNE que la modificación más importante de ésta Ley figura en el artículo 8 bis "Procedimiento". Allí se establece que una vez recibidos los reclamos de los manifestantes (más allá de haber obtenido o no una respuesta), las fuerzas de seguridad deben "intervenir" (esto es reprimir) en la manifestación para reubicarla en un sector designado al efecto.
Además, el Artículo 22 bis limita el trabajo de la prensa, al ordenar que sean ubicados en una "zona determinada", y establece como único registro del procedimiento aquel realizado por las mismas fuerzas represivas.
La criminalización aparece sin matices en la referencia al Artículo 194 del Código Penal, que reprime con cárcel de hasta 2 años a quien altere la normal circulación del transporte, para tipificar la conducta de los manifestantes. La condena podría duplicarse en caso de que se utilice complementariamente la "Ley Antiterrorista" Nº 26.734, promulgada en 2011 por el gobierno nacional.
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