Dichas acciones por desobediencia judicial y administración fraudulenta, fueron promovidas por el incumplimiento por parte de las cámaras, del recurso de amparo presentado por la Asociación Bancaria y que hiciera lugar el Juez Julián Benito Flores del Juzgado Civil y Comercial 21 de Resistencia, Chaco, Expediente 893/2018, donde ratifica la vigencia de la ultraactividad del convenio firmado por la Asociación Bancaria de la República Argentina y las Cámaras Empresariales Bancarias el 16 de febrero de 2017”.
La cláusula gatillo es la que permite corregir los acuerdos salariales de modo de agregar una recomposición extra en caso de que el aumento acordado entre patronales y sindicatos para un período anual sea inferior a la inflación registrada en el mismo calendario.El fallo judicial del tribunal chaqueño, del 19 de febrero de este año, notificado oportunamente a las cámaras empresariales bancarias, obliga a los bancos al cumplimiento integral de la cláusula gatillo sobre los haberes acordados en el convenio referido anteriormente, señala un comunicado que firman el secretario general, Rubén Ruffino, y el de Prensa, Ángel Mora.
Fuente Diario Norte