El caso Angel Luque
Más allá de la virtualidad, un caso similar que registra la historia legislativa argentina es el del diputado nacional catamarqueño Angel Luque (PJ), quien fue echado de la Cámara baja acusado de "indignidad moral".Su hijo Guillermo era uno de los acusados del crimen de María Soledad Morales ocurrido en 1990 y, en el marco de un reportaje, el entonces diputado acusó al juez de la causa, José Luis Vengimiglia, de haber recibido 250 mil dólares para encarcelar a su hijo.Luque dio una particular argumentación en defensa de su hijo que terminó por costarle no sólo su banca sino su carrera política: "Un padre siempre va a proteger y a encubrir a su hijo, cualquiera sea su condición social. Y yo tengo el suficiente poder y la estructura como para que ese cadáver, si lo hubiera matado mi hijo, no apareciera nunca más", reconoció en ese momento.Sus polémicas declaraciones generaron repudio desde diferentes sectores y del propio PJ catamarqueño, que expulsó a Luque del partido pero la Cámara de Diputados fue más allá y, en una reunión de urgencia, resolvió excluir "por indignidad moral" al diputado por 129 votos afirmativos y 2 en contra.El caso Ancari de Godoy
El otro caso que generó una expulsión por inconducta fue el de Norma Ancari de Godoy, que fue denunciada por un programa de TV (Punto Doc), donde se exhibieron imágenes en las que se observaba a la legisladora amenazando a un productor del ciclo televisivo con que iba a "matarlo a itakazos".
La investigación periodística en cuestión daba cuenta sobre el destino de ATN a fundaciones de discapacitados.
Ante el avance del proceso que se inició en la cámara baja, la diputada decidió renunciar el 9 de abril de 2002, cuando ya la Comisión de Asuntos Constitucionales, que presidía en ese momento, el exgobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, había aconsejado su expulsión "por desórdenes de conducta".
La expulsión de un miembro de la cámara está contemplada en el artículo 188 del Reglamento del cuerpo que establece que "en el caso de que la gravedad de las faltas lo justificare, la Cámara, a indicación del presidente o por moción de cualquiera de sus miembros, decidirá por una votación sin discusión, si es o no llegada la oportunidad de usar de la facultad que le confiere el artículo 66 de la Constitución".
Con todo, el caso de Ameri no reviste antecedentes por las características escandalosas del hecho pero además por la rapidez del trámite con el que la cámara baja avanzó en su suspensión primero y aprobó luego en horas de la madrugada su renuncia al cuerpo.
Fuente Télam
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