En otras provincias como Salta, Mendoza, Neuquén, entre otras, se han aprobado o están en trámite medidas de arancelamiento para extranjeros no residentes o con residencia precaria, lo que genera precedentes, pero también resistencia social y legal.
Comparativas provinciales
Salta aprobó la Ley Nº 8421 (DNU 129/2024) que exige cobros para extranjeros que no acrediten residencia, trabajo registrado o aportes fiscales, exceptuando emergencias.
Mendoza oficializó que los extranjeros no residentes deben pagar por atención en hospitales públicos para servicios programados, aunque las urgencias siguen siendo gratuitas.
Neuquén también tiene iniciativas similares que buscan recuperar costos para el sistema de salud provincial frente a prestaciones a extranjeros que no han hecho aportes fiscales.
Implicaciones prácticas
Si la ley se aprueba, se deberán definir claramente los criterios para distinguir quién es residente “precario”, quién está en tránsito, y quiénes son residentes temporales o permanentes, dado que estos conceptos tienen relevancia legal, migratoria y fiscal.
Será crucial fijar cuáles prestaciones se arancelan, los montos, los mecanismos de cobro, y cómo se garantizan los derechos mínimos en urgencias y emergencias.
También surge el tema de la reciprocidad: el proyecto menciona acuerdos con otros países para que extranjeros que atiendan en Chaco puedan ser cobrados en su país de origen, lo que implicaría negociaciones diplomáticas o bilaterales.
Desde la gestión pública será necesario sistematizar los costos reales de las prestaciones, para que los aranceles sean proporcionales, razonables, efectivos y no generen barreras de acceso incluso para quienes sí deberían pagar.
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